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ORDEN de 7 de febrero de 2012, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se autoriza la encomienda de gestión de un proyecto de investigación que estudie «La relación existente entre Internet, Salud e Infancia en Aragón» al Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud.

Publicado el 24/02/2012 (Nº 38)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Dirección General de Salud Pública tiene entre sus competencias la promoción de la salud, la información y educación para la salud y la prevención de las enfermedades, como se desprende del articulo 12 apartado e) del Decreto 267/2003, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón.

El artículo 65 apartado i) de la Ley 6/2002 de Salud de Aragón señala que el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud dará soporte a grupos de investigación, estableciéndose de igual modo en el apartado l) de dicho articulo, que corresponde al citado Instituto la realización de cualquier otra actuación relacionada con el fomento de la investigación, la asesoría, la cooperación y el aumento de conocimiento sobre la salud.

Desde la Dirección General de Salud Pública se hace necesario el desarrollo de un proyecto de investigación que estudie la relación existente entre Internet, salud e infancia en Aragón. Este proyecto se realizará en colaboración con la Escuela Andaluza de Salud Pública, que va a implementar el estudio en Andalucía. El objetivo del proyecto es establecer el papel de Internet como potenciador de la salud biopsicosocial y los activos para la salud en niños y niñas de 10 a 13 años y sus familias, en centros de educación primaria de Aragón. La prevención de los riesgos y la promoción de los activos para la salud de la infancia son determinantes para la salud futura; la familia y la escuela juegan un papel relevante. Actualmente es necesario conocer la visión de la infancia y sus familias sobre la Web 2.0 y la utilidad de los recursos para la salud en Internet, para tomar decisiones de mejora de los programas que se relacionan con salud, Internet e infancia (SII).

En la actualidad la Dirección General de Salud Pública no dispone de los medios materiales y humanos apropiados para acometer de forma directa los trabajos necesarios para la realización de este proyecto, ya que no dispone de personal altamente especializado en técnicas novedosas de gestión de la información multimedia en entornos web, ni de los medios necesarios para la ejecución de las acciones planteadas, si bien si que dispone de los medios humanos y conocimientos necesarios para realizar las tareas de dirección, determinando las líneas de trabajo que permitan la realización exitosa del proyecto, tareas que recaerán en los técnicos designados por la Dirección General de Salud Pública.

Por otro lado el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, se creó en 2002, por Ley 6/2002 de Salud de Aragón como Entidad de Derecho Público adscrita al Departamento responsable de Salud con plena capacidad para el cumplimiento de los fines de colaboración en el desarrollo de los servicios del Sistema de Salud de Aragón, mediante la formación de los recursos humanos, el fomento de la investigación, la asesoría y cooperación y el aumento del conocimiento sobre la salud de la población y sus determinantes.

El Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, en cumplimiento de sus fines, dispone, no solo de los medios técnicos y humanos idóneos, sino también de la experiencia necesaria para realizar las acciones planteadas, participando desde hace tiempo en numerosos proyectos de investigación. La naturaleza jurídica de este organismo público de investigación le otorga, además, personalidad jurídica y patrimonio propio, así como plena capacidad para el cumplimiento de los fines de colaboración en el desarrollo de los servicios del Sistema de Salud de Aragón.

La correcta articulación de la colaboración entre la Administración matriz titular de las competencias en la materia y el ente instrumental dotado de los recursos y los medios técnicos precisos para el desarrollo de las tareas proyectadas, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede encauzarse sino a través de la figura de la encomienda de gestión, en los términos en que contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; es decir, se encomienda la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de los órganos administrativos a otra entidad de la misma Administración, por razones de eficacia y porque no se poseen los medios técnicos y humanos idóneos para su desempeño, teniendo en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, corresponde al titular del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia autorizar la encomienda de gestión a favor de un organismo público dependiente del Departamento, mediante la aprobación de la correspondiente Orden que contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada, así como las obligaciones que asuma el órgano encomendado.

Por todo lo anteriormente expuesto, acuerdo:

Primero.-Autorizar la encomienda de gestión de un proyecto de investigación que estudie la relación existente entre Internet, salud e infancia en Aragón, con objeto de establecer el papel de Internet como potenciador de la salud biopsicosocial y los activos para la salud en niños y niñas de 10 a 13 años y sus familias, en centros de educación primaria de Aragón a favor del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (I+CS) en los términos que figuran en el documento Anexo a la presente Orden y que regula, las actividades, el plazo de vigencia, la naturaleza, el alcance de la gestión encomendada y las obligaciones que asumen cada una de las partes.

Segundo.-La presente Orden, que se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón», surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación.

Zaragoza, 7 de febrero de 2012.

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia,

RICARDO OLIVÁN BELLOSTA

ANEXO A LA ORDEN DEL CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA POR LA QUE SE AUTORIZA LA ENCOMIENDA DE GESTION DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN QUE ESTUDIE LA RELACIÓN EXISTENTE ENTRE INTERNET, SALUD E INFANCIA EN ARAGÓN AL INSTITUTO ARAGONÉS DE CIENCIAS DE LA SALUD (I+CS)

En Zaragoza, a siete de febrero de dos mil doce.

De una parte D. Francisco Sancho Cuartero, Director General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto 276/2011, de 3 de agosto, del Gobierno de Aragón por el que se dispone su nombramiento como Director General de Salud Pública, actuando como órgano encomendante.

Y de otra, D. Luis Rosel Onde, en su calidad de Director-Gerente del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (el Instituto en adelante) en su nombre y representación, en virtud del art. 37 de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, y del Decreto 293/2011, de 30 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento como Director Gerente del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, actuando como órgano encomendado.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para firmar el presente Acuerdo de Colaboración, exponen:

Desde la Dirección General de Salud Pública se hace necesario el desarrollo de un proyecto de investigación que estudie la relación existente entre Internet, salud e infancia en Aragón, con objeto de establecer el papel de Internet como potenciador de la salud biopsicosocial y los activos para la salud en niños y niñas de 10 a 13 años y sus familias, en centros de educación primaria de Aragón. La prevención de los riesgos y la promoción de los activos para la salud de la infancia son determinantes para la salud futura; la familia y la escuela juegan un papel relevante. Actualmente es necesario conocer la visión de la infancia y sus familias sobre la Web 2.0 y la utilidad de los recursos para la salud en Internet, para tomar decisiones de mejora de los programas que se relacionan con salud, Internet e infancia (SII).

El Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud tiene entre sus funciones la de dar soporte a grupos de investigación, así como la realización de cualquier otra actuación relacionada con el fomento de la investigación, la asesoría, la cooperación y el aumento de conocimiento sobre la salud.

En la actualidad la Dirección General de Salud Pública no dispone de los medios técnicos idóneos para la realización de este proyecto.

Que ambas partes consideran como conveniente al servicio de los fines de interés general perseguidos por ambas, formalizar un acuerdo de colaboración con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primero: La Dirección General de Salud Pública y el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el art. 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que el citado Instituto lleve a cabo, por razones de eficacia la gestión del proyecto de investigación que estudie la relación existente entre Internet, salud e infancia en Aragón.

Segundo: La gestión del citado proyecto de investigación que se encomienda se concretará en las siguientes actividades y con el alcance que se señala a continuación:

1. El Instituto aportará los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de este proyecto de investigación ejerciendo las siguientes acciones:

a. Identificar la opinión del alumnado de 5º-6º curso de Educación Primaria sobre los usos y utilidades que tiene Internet para aprender y comunicarse saludablemente.

b. Identificar la opinión de las madres y padres del alumnado de 5º-6º curso de Educación Primaria sobre los usos y utilidades que ven a Internet para aprender y comunicarse saludablemente.

c. Conocer el desarrollo de redes sociales y la vivencia de utilización de Internet como entorno de aprendizaje y comunicación para la salud y la calidad de vida con niños y niñas.

d. Conocer las expectativas de los padres y madres sobre el desarrollo de redes sociales y la vivencia de utilización de Internet como entorno de aprendizaje y comunicación para la salud y la calidad de vida de sus hijos e hijas.

2. La Dirección General de Salud Pública marcará las directrices de desarrollo del proyecto.

3. El Instituto deberá presentar con una periodicidad anual la realización de las acciones encomendadas mediante la presentación de los estudios y documentos resultantes de las mismas así como una cuenta justificativa de los gastos y pagos efectuados. La Dirección General de Salud Pública analizará la documentación presentada y realizará la correspondiente certificación de conformidad.

Tercero: Correrá a cargo de la Dirección General de Salud Pública la financiación de la gestión encomendada, para lo cual abonará con periodicidad trimestral al Instituto la parte proporcional del coste de ejecución del presente proyecto y que se cuantifica en un total de 35.533,51 euros para el año 2012, con cargo a la aplicación presupuestaria 16.040.41 34.227006.91002 del presupuesto de la Dirección General de Salud Pública, para lo cual el Instituto deberá presentar con periodicidad trimestral nota de cargo por el importe correspondiente a la parte proporcional del coste antes mencionado junto con las nóminas y seguros sociales abonados.

Cuarto: La duración de la gestión encomendada será de un año prorrogable por la misma duración, salvo denuncia de alguna de las partes. Se deberá presentar con anterioridad a dicha fecha de finalización de la encomienda y, en su caso, de la finalización de las prórrogas que se establezcan, la correspondiente documentación justificativa de la encomienda realizada, a excepción de los justificantes correspondientes al mes de diciembre que en su caso se deberán presentar con anterioridad al 15 de marzo del ejercicio siguiente. Anualmente se fijarán las cantidades correspondientes para el desempeño de la tarea encomendada.

Quinto: La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General de Salud Pública.

Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente instrumento de formalización de la encomienda de gestión, en el lugar y fecha arriba indicados. El Director General de Salud Pública, Francisco Sancho Cuartero. El Director-Gerente del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, Luis Rosel Onde.